UBICACIÓN:
Av. Grigota Nº 5250, entre 5º y 6º anillo barrio los jardines, edificio Da
Vinci.
DEPENDENCIA:
Dirección de Regulación Urbana
REQUISITOS:
Para iniciar con el trámite de ANTEPROYECTO DE ARQUITECTURA se deberán presentar los
siguientes requisitos:
- Llenado de Formulario único de ingreso de trámite. (Entregado por
Plataforma). - Fotocopia del documento de identidad del solicitante (Persona Natural
CI o Persona Jurídica NIT). - Demarcación de Línea Municipal, es obligatoria sólo para anteproyectos
de la Zona Central Z1.1, Z1.2 y Z1.3, además de la correspondiente
demarcación de línea de galería (int. y externa de columnas). La Línea
Municipal es también obligatoria en anteproyectos para terrenos en
esquinas fuera del 1er Anillo. - Plano de Ubicación y Uso de Suelo en fotocopia simple. No se requiere
actualización, ni cambio de nombre. - Certificación de existencia de infraestructura básica (copia factura de
luz, agua e impuestos a partir del 2do anillo hasta el límite urbano). - Dos Juegos del Proyecto de Arquitectura: Plantas, dos cortes, dos
fachadas en escala 1:100, debidamente acotadas con firma y sello del
Arquitecto Proyectista. - Planilla de Superficies de acuerdo a complejidad de la edificación
insertada en una de las láminas del Proyecto. - Todo terreno que presente arborización dentro del predio deberá
presentar un levantamiento arbóreo y el convenio con la Secretaria
Municipal de Medio Ambiente para la reposición de los árboles
afectados. - Su documentación deberá estar debidamente ordenada y archivada en
folder amarillo o un cóndor según la cantidad de documentación.
Planimetría, Se indicará la relación del edificio o conjunto arquitectónico
con el entorno urbano, con el diseño de la acera y calzada, así como la
ubicación de los elementos urbanos existentes tales como árboles, postes de
luz, paradas de transporte público. Toda la información se presentará en
escalas convencionales de 1:200,1:300 a 1:500.
Nota 1: en caso de no ser el solicitante deberá adjuntar Poder Notarial.
Nota 2: Aprobación de Anteproyecto. – Es obligatoria para las zonas dentro
del 1er Anillo y para toda obra clasificada como medianamente compleja,
compleja y especial, en toda la zona urbana.
Una vez Aprobado el anteproyecto, tendrá una validez de 12 meses.
La aprobación del anteproyecto no otorga Licencia de construcción.
MONTO DEL TRÁMITE: 164 Bs.