La Secretaria de Administración Tributaria del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en aplicación del artículo 83º parágrafo I numeral 7 concordante con el artículo 89º del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, artículo 13º del Decreto Supremo 27310, de 9 de enero de 2004, artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Autonómica Municipal GMASCS N° 004/2011, y los artículos 6º,7º y 8º del Decreto Municipal N° 006/2013 del 15 de Julio del 2013, Resolución Administrativa Secretarial Nº 132/2015 de fecha 07 de mayo del 2015 y la Resolución Administrativa Secretarial Nº 116/2016 del 24 de febrero del 2016, por el presente EDICTO, cita a todos los contribuyentes y/o sujetos pasivos, que se detallan a continuación, que tienen adeudos impositivos por concepto del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IMPBI) gestiones 2014 y 2015, para que se apersonen en el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos por sí, o mediante apoderado ante las oficinas de la Secretaria de Administración Tributaria SAT, ubicada en el Cuarto Anillo entre Av. Centenario y Roca y Coronado-Quinta Municipal Bloque I primer piso Departamento de Cobranza Coactiva, a objeto de notificarse con la Liquidación por Determinación Mixta o en su defecto proceder a la cancelación de Adeudos Tributarios pendientes.
Asimismo, cabe señalar que en caso de incumplimiento del pago del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles adeudado, la Liquidación por Determinación Mixta constituirá Titulo de Ejecución Tributaria, en aplicación del artículo 108 parágrafo 1 numeral 7 del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492, disponiéndose inmediatamente la adopción de medidas precautorias y/o coactivas para asegurar el cobro del Adeudo Tributario.
Por otra parte se recuerda a los contribuyentes y/o sujetos pasivos que se encuentra en plena vigencia la Ley del PERDONAZO TRIBUTARIO Ley N° 1443 sus ampliaciones y modificaciones, por lo que los beneficios de descuento son de hasta el 60 % del tributo omitido o impuesto adeudado, además de la CONDONACION de la totalidad de multas y sanciones.
DESCARGA AQUÍ LA SEPARATA: https://gmsantacruz.gob.bo/gestion2021/separatasat2021.pdf